LOS DETECTIVES PRIVADOS DE LA POLÉMICA
DETECTIVES PRIVADOS EN ASTURIAS
Entre los compañeros que ejercemos como detectives privados en Asturias asistimos una vez más con sorpresa al tratamiento informativo que se da nuestra profesión en muchos medios. Sorpresa y descontento por la falta de rigor y las opiniones vertidas alegremente acerca de la labor del detective privado en España, a raíz de la polémica desatada en el mediático caso de la presunta violación atribuída a los miembros de «La Manada» en Pamplona durante los sanfermines del pasado año .
La polémica ha quedado servida desde el momento en que se ha admitido como prueba el informe de un detective privado relativo a la actividad de la presunta víctima en los meses posteriores a los hechos enjuiciados. Pese a que nos encontramos en una fase temprana del procedimiento el revuelo mediático se ha desatado. Han sido muchas las voces que han alzado su voz criticando tanto la decisión judicial, como la estrategia de la defensa, como la propia actuación del detective privado que habría elaborado el informe.
Es comprensible, para empezar, que ante unos hechos como los enjuiciados, se despierte un sentimiento de indignación en favor de la víctima de una agresión sexual que, de ser cierta su versión, habría tenido que sufrir la afrenta de unos hechos tan reprobables, y además debe ver ahora sometida a examen su conducta posterior. Y sólo con el fin de utilizar el resultado de dicho examen, obtenido por un detective privado, como argumento utilizado para poner en entredicho la versión de la supuesta víctima. Además de sufrir el presunto delito, parecería que la víctima debe sufrir ahora una intromisión ilegítima e injustificada en su vida privada de la que el investigador privado habría actuado como el poco escrupuloso brazo ejecutor.
En Máxima Detectives, desde nuestra larga experiencia como detectives privados en Asturias, hacemos honor a nuestro compromiso de servicio público y colaboración permanente con la justicia, reafirmando nuestro más estricto respeto por todas las decisiones dictadas por Jueces y Magistrados en el ejercicio de su potestad jurisdiccional. Sin pretender entrar en polémica alguna y respetando al máximo todas las sensibilidades en juego, nos limitamos a manifestar nuestro desacuerdo con aquellas opiniones que se limitan a denigrar sin más la actuación profesional de los detectives privados, ya sean de Sevilla, Pamplona o Asturias, sin entrar a valorar la pertinencia de los medios empleados en sus investigaciones y la existencia o no de amparo legal para las mismas. Desde Máxima Detectives no nos corresponde emitir juicios acerca de la actuación profesional de otros detectives privados, y más aún en asuntos que se encuentran sub iudice. Pero sí nos interesa reafirmar aquí nuestro compromiso con la legalidad. Por eso no hemos dudado en marcar las distancias con todos aquellos que juegan a ser detectives al margen de la ley, ni hemos dejado de ponderar la del detective privado como una profesión con límites.
Por lo demás nos limitamos a suscribir la opinión recogida por el Diario La Nueva España y manifestada por la Asociación Nacional de Agencias Detectives Privados conicidente con la de la mayoría de detectives privados en Asturias.
Y es que habría mucho que decir, y los tribunales lo han hecho, acerca de los límites impuestos por la intimidad personal y familiar, y el derecho fundamental al honor, ante las investigaciones llevadas a cabo por los detectives privados. Lo cierto es que existen garantías, y muchas, para evitar cualquier intromisión ilegítima de un detective privado en nuestra esfera personal, y mucho más para que estas sean refrendadas por un órgano jurisdiccional. Y como garantías también tienen los acusados, se ha sostenido por reputadas fuentes, que la admisión a trámite de una prueba obtenida de modo aparentemente legal, como es el resultado de las investigaciones del detective en este caso – salvo que un juez dictamine lo contrario – no prejuzga en absoluto la disposición del tribunal a favor o en contra de la víctima.
Es más, dado que su inadmisión podría fundamentar los motivos de un ulterior recurso susceptible de anular todo el proceso, se dice, que este controvertido informe podría haber sido admitido como prueba, pese a lo discutible de su pertinencia, con una finalidad meramente preventiva. Es decir, dado que la admisión a trámite no implica su valoración como prueba – a realizar siempre en un momento posterior- dicha admisión obedecería más bien a la intención por parte del tribunal de eliminar cualquier pretexto que pudiera ser utilizado posteriormente por las defensas para anular el juicio y desvirtuar el valor incriminatoria de otras posibles pruebas de cargo.